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sábado 24 de mayo de 2008

Cuál es el concepto de "obligaciones propter rem"?

Aquellas en que la calidad de deudor o acreedor depende de una relación de señorío con una cosa: se es deudor o acreedor en tanto y en cuanto esa relación de señorío subsista. Si ella se extingue por cualquier causa que no sea achacable a la culpa del deudor (abandono, venta, pérdida, etc.), cesa también la calidad de deudor o acreedor, que pasa a la cabeza del nuevo titular de la relación sobre la cosa, quedando desobligado el anterior titular. Se las llama también obligaciones "ambulatorias", dando que "viajan" o "ambulan" junto con esa relación real.
(Fuente: MARIANI DE VIDAL, M. (2004). Derechos Reales, tomo 1, Ed. Zavalía, p. 95)

miércoles 21 de mayo de 2008

Cuál es el concepto de "orden público"

Es el conjunto de principios inspiradores de la organización del Estado y la familia, que de acuerdo al orden moral y buenas costumbres, aseguran la realización de los valores humanos fundamentales.
(Fuente: KALLER de ORCHANSKY, B. (1997). Nuevo Manual de Derecho Internacional Privado, Ed. Plus Ultra, 5º Ed., Buenos Aires, p.136)

domingo 4 de mayo de 2008

Qué significa Sociedad off shore?

Son entes ideales, generalmente de propiedad anónima, cuyo propósito es una actuación exclusivamente extraterritorial; están creadas para actuar en cualquier lugar del planeta, menos en el propio país de su creación donde lo tienen prohibido, o su actividad es sumamente restringida.
(Fuente: Vítolo, Daniel Roque, Sociedades off shore y el artículo 124 de la ley 19.550 frente al pedido de quiebra, Nota a fallo, LA LEY 2006-D, 370)

jueves 1 de mayo de 2008

Qué es la Oferta Pública de Títulos Valores?

Se considera oferta pública la invitación que se hace a personas en general o a sectores o grupos determinados para realizar cualquier acto jurídico con títulos valores, efectuada por los emisores o por organizaciones unipersonales o sociedades dedicadas en forma exclusiva o parcial al comercio de aquéllos, por medio de ofrecimientos personales, publicaciones periodísticas, transmisiones radiotelefónicas o de televisión, proyecciones cinematográficas, colocación de afiches, letreros o carteles, programas, circulares y comunicaciones impresas o cualquier otro procedimiento de difusión.
(Fuente: Art. 16 Ley 17.811)