A la orden

Fórmula inexcusable para que una letra de cambio u otros documentos de crédito puedan ser transmitidos por vía de endoso. Si los pagarés han sido librados con aquella expresión, se consideran como letras de cambio. Los cheques girados contra la cuenta del librador, pueden serlo a la orden.
(Fuente: Ossorio, Manuel (2000), Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales, Editorial Heliasta)

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