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viernes, 15 de septiembre de 2017

Qué son las “Stock Options”?

Stock Options significa opción de acciones, consiste en otorgarle a los empleados acciones del emprendimiento, con un diferimiento del pago del impuesto a la ganancia al momento de venta de las acciones.
 
Este sistema permite a los empleados adquirir acciones de una compañía a un determinado valor, para luego ejercitarlas y venderlas, cumplidos determinados plazos y condiciones establecidos en el diseño del plan de acciones.
 
Desde el punto de vista comercial, la opción sobre acciones se corresponde con instrumentos financieros derivados que integran la categoría de opciones financieras. Una de las características de la opción de compra de acciones es que se estructura en distintos  momentos: el de otorgamiento del derecho de opción, el vesting (período de consolidación del derecho de opción), el ejercicio de la opción y, finalmente, la venta de las acciones adquiridas.
 
Esta opción es un derecho que el empleador concede al trabajador para que éste en un plazo determinado adquiera acciones de la compañía a un precio establecido, permitiéndole que al tiempo fijado para el ejercicio de la acción, el trabajador pueda venderlas y percibir la diferencia de precio de mercado de las acciones entre el momento del otorgamiento y el del ejercicio. De allí que el beneficio que obtiene el trabajador consiste en la diferencia entre el precio preestablecido y el precio del activo en el mercado, que se presume será superior. Sin embargo, existe un componente de riesgo ya que no hay garantía de que se verifique una ganancia, sino que  el resultado puede resultar negativo por efecto de la cotización bursátil.
La implementación de stock options permite incorporar, fidelizar o retener a mediano o largo plazo a empleados que la empresa considera claves o críticos y, que por esta vía, se identifican con los objetivos del empleador y los resultados de la empresa, alineándose con las metas de los accionistas mayoritarios y/o la casa matriz.
 
Hay legislaciones en la cuales el derecho laboral no hace mención específica sobre las stock options y/o su naturaleza jurídica, aunque el caso puede ser analizado a la luz de la definición de remuneración, atendiendo a la amplitud de la conceptualización del salario como contraprestación por la mera puesta a disposición del trabajador (art. 1 delConvenio OIT 95). 
 
(Fuente: CRUZ DEVOTO, Gabriela S.; Las Stock Options en las relaciones laborales y el Proyecto de Ley de Apoyo al Emprendedor; publicado en elDial DC22A8; 15-03-2017; Ed. Albremática S.A., Buenos Aires).

Stock Options — Why It's Time for Startups to Replace Them.


 

domingo, 25 de diciembre de 2011

“Strictu sensu”

"En sentido estricto". Se aplica a los textos legales y actos jurídicos que requieren ser interpretados con precisión, cabalmente (…).
(Fuente: RODRÍGUEZ, Agustín W., GALETTA DE RODRÍGUEZ, Beatriz, Diccionario Latín Jurídico, Locuciones latinas de aplicación jurídica actual, Ed. García Alonso, 1º Ed., Buenos Aires, 2008, p. 208).

sábado, 24 de diciembre de 2011

Statu quo

"Estado en que se encuentra", o "en el mismo estado", o "en estado quieto." Se emplea en el ámbito diplomático, ante conflictos, y en el judicial, durante el trámite de los litigios, para mantener un mismo estado de cosas, sin innovar, hasta arribar a la solución internacional definitivamente satisfactoria, o a la sentencia que dirima el pleito.
(Fuente: RODRÍGUEZ, Agustín W., GALETTA DE RODRÍGUEZ, Beatriz, Diccionario Latín Jurídico, Locuciones latinas de aplicación jurídica actual, Ed. García Alonso, 1º Ed., Buenos Aires, 2008, p. 206).

lunes, 19 de diciembre de 2011

Sindicato de bloqueo

En materia de sociedades comerciales, consiste en limitaciones o condicionamientos a la transmisibilidad de las tenencias accionarias de los integrantes del sindicato a terceros no sindicados, otorgando o no derecho de opción de compra preferente a sus adherentes, así como también contienen, en ciertos casos, restricciones relativas a las acciones que los sindicados puedan adquirir en el futuro.
(Fuente: GARRONE, José A., Diccionario Jurídico, Tomo IV, Ed. LexisNexis, Buenos Aires, 2005, p. 415).

sábado, 17 de diciembre de 2011

Uso “secundum legem”

Su función es la integración del contenido de la norma escrita. Se tiene aquí un supuesto de recepción del uso por parte de la ley.
El uso adquiere la fuerza de la norma referida y se constituye en fuente de primer grado (ley) o de segundo grado (derecho).
Numerosas disposiciones de los Códigos de Comercio o leyes comerciales suelen hacer referencia al uso con finalidad integrativa.
(Fuente: GARRONE, José A., Diccionario Jurídico, Tomo IV, Ed. LexisNexis, Buenos Aires, 2005, p. 726).

miércoles, 14 de diciembre de 2011

Socio aparente

Se entiende por socio aparente aquel que, no reuniendo los requisitos para ser legalmente calificado como socio, detenta exteriormente tal calidad. Sirva de ejemplo el caso de una sociedad de interés en la cual no se cambia el nombre de los socios que figuren en la razón social, tras su apartamiento de la sociedad.
Es requisito que la persona afectada por la responsabilidad (socio aparente) haya consentido que se use su nombre como socio, que se haya tolerado o permitido que se lo haga figurar en la razón social, o que actúe como tal. Las sanciones previstas para el socio aparente resultan de su falta de calidad de tal y del consecuente engaño que puede reportar a terceros su equívoca posición.
(Fuente: GARRONE, José A., Diccionario Jurídico, Tomo IV, Ed. LexisNexis, Buenos Aires, 2005, p. 509).

martes, 13 de diciembre de 2011

Sevicia

La sevicia consiste en los malos tratamientos realizados con crueldad y espíritu de hacer sufrir. Se requieren, pues, dos elementos: uno físico, los malos tratos; otro psicológico, la intención despiadada de hacer daño.
Suele incluírsela entre las causales de divorcio.
(Fuente: GARRONE, José A., Diccionario Jurídico, Tomo IV, Ed. LexisNexis, Buenos Aires, 2005, p. 397).

lunes, 28 de noviembre de 2011

Secuelas

Lesiones residuales consecuencia inmediata o alejada de una afección o accidente. Pueden constituir un daño efectivo y permanente indemnizable.
(Fuente: GARRONE, José A., Diccionario Jurídico, Tomo IV, Ed. LexisNexis, Buenos Aires, 2005, p. 303).

Secularización

Tránsito de un bien, perteneciente a una comunidad religiosa o establecimiento eclesiástico, al dominio del Estado.
Paso de un religioso a la vida laica.
(Fuente: GARRONE, José A., Diccionario Jurídico, Tomo IV, Ed. LexisNexis, Buenos Aires, 2005, p. 305).

domingo, 27 de noviembre de 2011

Subterfugio

De la preposición y adverbio subter, debajo, y fugere, huir, escurrirse. "Subterfugio" es palabra muy empleada por los litigantes para indicar recurso o medio de mala fe, como chicana, que viene del francés chicane, chicaner, chicanerie, como si dijese "argucia" o "sutileza" de mala fe, y es por eso ofensiva. Subterfugio no siempre es escapar con engaño.
(Fuente: BIELSA, Rafael, Los conceptos jurídicos y su terminología, Ed. Depalma, 3º Ed. Buenos Aires, 1993, p. 123).

sábado, 26 de noviembre de 2011

Secreto profesional

Secreto que debe guardar el abogado, el médico y cualquier otro facultativo, acerca de lo que se le descubre o comunica en ocasión de su profesión. Suele ser contemplado en materia procesal como eximente del deber de declarar.
(Fuente: GARRONE, José A., Diccionario Jurídico, Tomo IV, Ed. LexisNexis, Buenos Aires, 2005, p. 299).

jueves, 24 de noviembre de 2011

Sufragáneo

Es lo opuesto a foráneo. Sufragáneo es el que depende de la autoridad de alguno, pues significa ayudar, favorecer. El concepto de sufragio es, pues, el de ayudar con el voto a alguno, pero cuando se trata de una función necesaria para la formación del gobierno, el sufragio se convierte en deber, porque sin esa expresión de voluntad se corre el riesgo de que no haya elección.
(Fuente: BIELSA, Rafael, Los conceptos jurídicos y su terminología, Ed. Depalma, 3º Ed. Buenos Aires, 1993, p. 54).

martes, 22 de noviembre de 2011

Concepto de sana crítica

En derecho procesal se designa así el medio de apreciación de las pruebas más difundido en la doctrina y ordenamientos modernos. Se opone al sistema de las pruebas legales o tasadas y, en cierto modo, es coincidente con el sistema de las libres convicciones.
Este concepto configura, según Couture, una categoría intermedia entre la prueba legal y la libre convicción. Sin la excesiva rigidez de la primera y sin la excesiva incertidumbre de la última, configura una feliz fórmula, elogiada alguna vez por la doctrina, de regular la actividad intelectual del juez frente a la prueba.
La sana crítica es la unión de la lógica y de la experiencia, sin excesivas abstracciones de orden intelectual, pero también sin olvidar esos preceptos que los filósofos llaman de higiene mental, tendientes a asegurar el más certero y eficaz razonamiento.
(Fuente: GARRONE, José A., Diccionario Jurídico, Tomo IV, Ed. LexisNexis, Buenos Aires, 2005, p. 288).

Autos y vistos

Significa que traídos o venidos los autos son luego vistos, examinadas las constancias, elementos, etc.
COLMO ha criticado este empelo por ser una supervivencia burocrática innecesaria. Porque el juez tiene los autos desde el primer momento, aunque todavía se decreta "vengan los autos", providencia dilatoria, especie de chicana judicial, pues a lo que en el escrito se pide debe proveerse lo que corresponda.
Lo de visto ya es otra cosa. Si se empela como ritual, o bien por costumbre, es inútil; pero si ello significa que se ha visto lo que a continuación se expresa, el empleo de la palabra es lógico. Por ejemplo, Vistos: a) el escrito de demanda o recurso; b) la contestación, o la expresión de descargo; c) la ley tal o cual; d) el decreto X; e) el expediente. Con eso se circunscribe o se determina lo que a formado el material de la causa.
(Fuente: BIELSA, Rafael, Los conceptos jurídicos y su terminología, Ed. Depalma, 3º Ed. Buenos Aires, 1993, p. 105).

Subvertir

Subvertir es volver, remover desde lo bajo, o lo de arriba hacia abajo, como cuando se ara la tierra; pero se usa como trastornar, destruir, perturbar, y éste es su acepción política y social. "Subvertere mores patriae", o trastornar las costumbres políticas (JUSTINO).
(Fuente: BIELSA, Rafael, Los conceptos jurídicos y su terminología, Ed. Depalma, 3º Ed. Buenos Aires, 1993, p. 123).

jueves, 17 de noviembre de 2011

Sic

Así, de esta manera. Para indicar una palabra o frase textual.
(Fuente: GARRONE, José A., Diccionario Jurídico, Tomo IV, Ed. LexisNexis, Buenos Aires, 2005, p. 398).

martes, 2 de agosto de 2011

Subvención

Auxilio o ayuda para facilitar actividades, investigaciones u obras de interés general.
(Fuente: GARRONE, José A., Diccionario Jurídico, Tomo IV, Ed. LexisNexis, Buenos Aires, 2005, p. 538).

viernes, 29 de julio de 2011

“Sol lucet ómnibus”

El sol brilla para todos
(Fuente: GARRONE, José A., Diccionario Jurídico, Tomo IV, Ed. LexisNexis, Buenos Aires, 2005, p. 514). 

Qué significa subyugar?

Sojuzgar. Con sentido más individual: dominar violentamente.
(Fuente: GARRONE, José A., Diccionario Jurídico, Tomo IV, Ed. LexisNexis, Buenos Aires, 2005, p. 538).

martes, 21 de junio de 2011

Qué significa subsunción?

Operación lógica en que se establece una dependencia de especie a género o de hecho a ley, o de afirmación individual a afirmación general. El razonamiento deductivo suele extenderse como una operación de este tipo, en que se va de lo general a lo particular.
En derecho, más estrictamente, es la relación lógica de una situación particular, específica y concreta con la previsión abstracta e hipotética de la ley.
(Fuente: GARRONE, José A., Diccionario Jurídico – Tomo IV, Ed. LexisNexis, Buenos Aires, 2005, p. 538).

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