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jueves, 19 de diciembre de 2019

Ciberacoso o "Grooming"


El grooming o ciberacoso es el contacto con un menor de edad, por medio de comunicaciones electrónicas, telecomunicaciones o cualquier otra tecnología de transmisión de datos, con el fin o propósito de llevar adelante actos de naturaleza sexual con el menor. 

En algunas legislaciones se establece que el contacto lo realice un adulto o persona mayor de edad. La legislación argentina (art. 131 del Código Penal) no exige este requisito, es decir que el sujeto activo del delito puede ser cualquiera sea o no mayor de edad, basta con que el autor contacte a la víctima menor de edad con el objetivo de realizar actos de naturaleza sexual. 

Conoces el Grooming? - Pediatria Salud

lunes, 12 de diciembre de 2011

Gastos necesarios

Son aquellos realizados por el propietario, poseedor o tenedor de un bien (v. gr. El pago de un impuesto extraordinario; pago de una hipoteca o sus intereses; lo invertido por mejoras necesarias, etc.). Quien realizó tales inversiones, aún sin autorización del propietario del bien mejorado, posee derecho a reclamar el pago de lo gastado por vía del empleo útil. Tal derecho origina en el principio del enriquecimiento sin causa.
(Fuente: ARGERI, Saúl A. y ARGERI GRAZIANI, Raquel C.E., Diccionario de Ciencias Jurídicas Sociales. Comerciales, Empresariales, Políticas. Mercosur, Tratados Internacionales, Ed. La Ley, Buenos Aires, 1999, p. 373).

lunes, 16 de mayo de 2011

Gabela

Tributo, impuesto o contribución que se paga al Estado.
También, carga, servidumbre o gravamen.
Para algunos autores, gabela se llamaba en Derecho Romano el impuesto o tributo que gravaba la sal, pero no es voz de origen latino.
(Fuente: OSSORIO, Manuel, Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales, Ed. Heliasta, 27º Ed., Buenos Aires, 2000, p. 450).

Cúales son los gastos de simple conservación de una cosa?

El poseedor de buena fe no tiene derecho al reintegro de los gastos hechos para la simple conservación de la cosa.
Deben reputarse tales aquellos que se refieren al mero mantenimiento del inmueble y que generalmente importan erogaciones de poco monto, como puede ser la compostura de un caño roto, pequeños trabajos de pintura, etc. Decimos pequeños trabajos de pintura, porque en la actualidad la pintura de una casa supone una erogación muy importante; por consiguiente, si la pintura de una casa se hubiese hecho poco tiempo antes de la reivindicación y fuera un beneficio apreciable para la reivindicante, nos parece justo reconocerle al poseedor el derecho al reintegro del gasto. De igual manera, la pintura de los techos de zinc o ciertas pinturas exteriores que evitan la humedad suelen ser indispensables para la conservación del material y como tal entraría dentro de los gastos llamados necesarios. Como puede apreciarse, se trata de una cuestión de hecho que el juez debe resolver conforme a las circunstancias del caso.
(Fuente: GARRONE, José A., Diccionario Jurídico – Tomo II, Ed. LexisNexis, Buenos Aires, 2005, p. 739).

miércoles, 11 de mayo de 2011

Concepto de genocidio

Crimen que consiste en destruir en todo o en parte, un grupo nacional, ético, racional o religioso y que se tipifica con cualquiera de los siguientes actos: a) matar a miembros del grupo; b) causar grave daño corporal o mental a los miembros del grupo; c) imponer deliberadamente al grupo condiciones de vida calculadas para ocasionar su destrucción material, en todo o en parte; d) imponer medidas encaminadas a prevenir la natalidad dentro del grupo; e) transferir forzadamente niños de un grupo a otro.
La convención para prevenir y reprimir el delito de genocidio, suscripta por cerca de 50 Estados a iniciativa de la Secretaría General de las Naciones Unidas a través del Consejo Económico y Social entró a regir el 12 de enero de 1951, declara también punibles, además del genocidio: la conspiración para cometerlo y la iniciación directa y pública, la tentativa y la complicidad. La misma convención castiga a los gobernantes responsables constitucionalmente.
(Fuente: GARRONE, José A., Diccionario Jurídico – Tomo II, Ed. LexisNexis, Buenos Aires, 2005, p. 744).

martes, 10 de mayo de 2011

Qué significa gehena?

Sinónimo de infierno, lugar de tortura de los condenados.
La palabra gehena se formó sobre gehinnom, palabra hebrea que significa valle de Hinnom; en este lugar junto a Jerusalén, los judíos sacrificaban a Moloch. El rey Josías prohibió aquel culto sangriento y, con el fin de que el lugar mancillado fuese execrado por los judíos, ordenó que se arrojaran en él todas las inmundicias de la ciudad. El valle de Hinnom se transformó así en lugar maldito.
(Fuente: GARRONE, José A., Diccionario Jurídico – Tomo II, Ed. LexisNexis, Buenos Aires, 2005, p. 741).

lunes, 9 de mayo de 2011

Significado de Galeote

La pena de remar en las galeras del rey que se imponía a ciertos delincuentes.
Esta pena, de muy vieja data, se mantuvo en vigor durante todo el tiempo en que fueron necesarios los remeros para la impulsión de las naves de la Armada. La pena de galeras revestía extraordinaria gravedad y era la inmediatamente inferior a la pena de muerte; de tal manera que la pena capital era conmutada por la de galeras. Se aplicaba a los reos de delitos considerados como ignominiosos (hurtos calificados, robos, salteamientos en despoblados, violencias y otros de igual o mayor importancia).
La duración de la pena variaba entre dos y diez años.
(Fuente: GARRONE, José A., Diccionario Jurídico – Tomo II, Ed. LexisNexis, Buenos Aires, 2005, p. 727).

martes, 10 de marzo de 2009

Noción de Guardián

Encuadra en la noción de guardián, la situación de quien tiene la cosa bajo cuidado porque la ley le impone la obligación de guardarla para que no cause daño; o sea, la de aquel a quien el ordenamiento le exige la vigilancia activa, el mando, el contralor y la dirección autónoma, aunque no la ejecute por sí mismo. El art. 1113 del Código Civil admite una noción bifrontal de guardián: por un lado, aquellos que tienen un poder efectivo de vigilancia, gobierno y contralor de la cosa; y por el otro, aquellos que reciben un beneficio económico.

(Fuente: Suprema Corte de Justicia de Mendoza, autos nº92237, 10-11-2008, LS394 - Fs.080)

jueves, 13 de septiembre de 2007

Gestión de negocios

1. Se configura una gestión de negocios si una persona "capaz" interviene espontáneamente o sin requerimiento de otra en uno o más negocios de ésta, contrayendo obligaciones en su nombre.
(Fuente: Trigo Represas, Félix A.; López Mesa, Marcelo J. (2004), Tratado de la Responsabilidad Civil - Tomo I, Ed. La Ley, 229 p.)
2. Existe gestión de negocios ajenos toda vez que una persona sin haber recibido mandato al efecto, toma a su cargo la administración de los negocios de otro.
(Fuente: Salvat - Acuña Anzorena en Trigo Represas, Félix A.; López Mesa, Marcelo J. (2004), Tratado de la Responsabilidad Civil - Tomo I, Ed. La Ley, 229 p.)
3. Hay gestión de negocios patrimoniales ajenos cuando alguien, extraño a ellos (gestor) asume -sin haber recibido mandato, encargo ni autorización- la iniciativa de su asunción, por encontrarse el dueño de esos negocios ausente o impedido de obrar por sí mismo.
(Fuente: Alterini - Ameal - López Cabana en Trigo Represas, Félix A.; López Mesa, Marcelo J. (2004), Tratado de la Responsabilidad Civil - Tomo I, Ed. La Ley, 229 p.)

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