Cuál es el significado de "reformatio in melius"?

"Reforma para mejor", o "reforma favorable". Es la que logra un litigante en juicio, merced a la interposición de un recurso bien fundado, contra una decisión judicial anterior que lo perjudicaba.

(Fuente: RODRÍGUEZ, Agustín W., GALETTA DE RODRÍGUEZ, Beatriz, Diccionario Latín Jurídico. Locuciones latinas de aplicación jurídica actual, Ed. García Alonso, 1º Ed., 1º reimp, Buenos Aries, 2008, p. 191).

Qué significa "reformatio in peius"?

"Reforma para peor", o "reforma desfavorable". Es la que sobreviene en juicio como consecuencia de un recurso con agravios mal expresados, o la que, al hacer rever una resolución por el tribunal, conduce a un resultado negativo para el recurrente, que empeora la resolución recurrida y, por ende, su situación procesal. Algunos códigos rituales -de procedimiento- prohiben al tribunal que conozca del recurso resolver este tipo de reformatio in peius si el litigante contrario, simultáneamente, no interpuso su propio recurso en el que así en forma manifiesta lo solicitara.

(Fuente: RODRÍGUEZ, Agustín W., GALETTA DE RODRÍGUEZ, Beatriz, Diccionario Latín Jurídico. Locuciones latinas de aplicación jurídica actual, Ed. García Alonso, 1º Ed., 1º reimp, Buenos Aries, 2008, p. 191)

Sine die

"Sin fijar día -plazo, o término- preciso". Ejemplo: Aplazamiento de una discusión diplomática o parlamentaria sine die.
(Fuente: RODRÍGUEZ, Agustín W., GALETTA DE RODRÍGUEZ, Beatriz, Diccionario Latín Jurídico. Locuciones latinas de aplicación jurídica actual, Ed. García Alonso, 1º Ed., 1º reimp, Buenos Aries, 2008, p. 203)

De lege lata

"Según ley dada o existente". Ejemplo: De lege lata, hay que atenerse a lo que en ella está establecido, pero vistos los trastornos que esto ocasiona, de lege ferenda habría que suprimir tan vetusto y gravoso recaudo.

(Fuente: RODRÍGUEZ, Agustín W., GALETTA DE RODRÍGUEZ, Beatriz, Diccionario Latín Jurídico, Locuciones latinas de aplicación jurídica actual, Ed. García Alonso, 1º Ed., 1º reimp., Buenos Aires, 2008, p. 70).

De lege ferenda

Expresión latina que significa "para una futura reforma de la ley", o "con motivo de proponer una ley". Es decir, recomendación que debe ser tenida en cuenta como conveniente en una próxima enmienda legislativa.

(Fuente: RODRÍGUEZ, Agustín W., GALETTA DE RODRÍGUEZ, Beatriz, Diccionario Latín Jurídico, Locuciones latinas de aplicación jurídica actual, Ed. García Alonso, 1º Ed., 1º reimp., Buenos Aires, 2008, p. 70).