Qué significa "infra petita"?

Loc. lat. Por debajo de lo demandado. Se emplea para señalar que el tribunal, al sentenciar, ha concedido menos de lo que le fue pedido. Es, por tanto, la expresión contraria a ultra petita.
(Fuente: Ossorio, Manuel (2000), Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales, Editorial Heliasta, pag. 515)

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