jueves, 1 de mayo de 2008

Qué es el Contrato de Factoring?

El factoring es un contrato por el cual una de las partes, llamada cliente, lleva a cabo una cesión global de créditos, actuales y futuros, a favor de la otra parte, denominada empresa de factoring, para que ésta los gestione y realice su cobro, convirtiéndose en cesionario de dichos créditos, y pudiendo —además— desarrollar (i) una labor financiera optativa para el cliente, anticipando el importe de los créditos, y (ii) una labor aseguradora de la falta de pago de tales créditos, recibiendo una comisión cuya cuantía dependerá de las prestaciones realizadas. Asimismo, la empresa de factoring puede asumir otras funciones: normalmente se obliga a realizar estudios de mercados y de deudores, y controles de la contabilidad del cliente.
(Fuente: DUTREY GUANTES en BORDA, Alejandro, El contrato de factoring, LA LEY 2006-A, 1149)

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