Llámase así aquel en que las prestaciones se realizan de una sola vez en el momento de la conclusión del contrato o en otro establecido por las partes. Se opone al contrato de ejecución sucesiva.
(Fuente: OSSORIO, M. (2000). Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales, Ed. Eliasta, Ed. 27°, Buenos Aires, p. 235)