Rebeldía del imputado

La rebeldía del imputado es un estado de hecho en el que éste se coloca con relación al desarrollo del procedimiento en el cual debe intervenir resistiendo a someterse a la autoridad del Tribunal. Es una actuación omisiva de negarse a comparecer, eludiendo la acción de la justicia. Puede ocurrir al iniciarse el proceso, mientras se investiga, durante el juicio o en las etapas impugnativas.
Se ha dicho que con respecto al imputado rebelde, su contumacia impide absolutamente el juicio plenario el que podrá iniciarse y seguir con respecto a los coimputados que estuvieren presentes, separándose las causas. Pero no se suspenden las diligencias sumariales tendientes a reunir y seleccionar los elementos de prueba, y deben cumplirse los actos dirigidos a conseguir la cesación del estado de rebeldía del imputado. Una vez integrado el rebelde al proceso, éste continuará regularmente su marcha.
(Fuente: CLARIÁ OLMEDO, Jorge A.; Derecho Procesal Penal, Tomo II, Ed. Rubinzal-Culzoni Editores, Santa Fe, 1998, p. 79/80).

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