Pactos Preexistentes

Con esta expresión se hace referencia a los tratados que sobre asuntos constitucionales estipularon las provincias argentinas entre sí antes de la sanción de la Constitución Nacional de 1853 y que se invocan en su preámbulo.
(Fuente: OSSORIO, Manuel, Diccionario de Ciencias Políticas, Jurídicas y Sociales, Ed. Heliasta, 27ºEd., Buenos Aires, 2000, p. 699).

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