"Derelictio"

Expresión latina que significa "abandono" o "desamparo".
Rex derelictae: se decía de las cosas abandonadas con la intención de renunciar al derecho de propiedad sobre ellas y que, en consecuencia, podían ser objeto de apropiación.
(Fuente: GARRONE, José A., Diccionario Jurídico – Tomo II, Ed. LexisNexis, Buenos Aires, 2005, p. 227).

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