Impedimentos matrimoniales: son impedientes aquellos en los que la violación de la prohibición legal no está sancionada con la nulidad del del acto, sino con otra pena; así por ejemplo, el menor que hubiera contraído matrimonio sin consentimiento de sus padres, pierde el derecho de administración de sus bienes que le correspondería como emancipado.
(Fuente: GARRONE, José A., Diccionario Jurídico – Tomo II, Ed. LexisNexis, Buenos Aires, 2005, p. 884).
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