In claris cessat interpretatio

Principio de hermenéutica, según el que una ley clara no debe interpretarse. Lo cual, sin embargo, no impide que una ley de texto claro deba someterse a interpretación cuando parece hallarse en oposición con otras, no para aclarar su texto, pero sí para armonizarlo con el de ellas.
(Fuente: ORGAZ, Arturo, Diccionario de Derecho y Ciencias Sociales, Ed. Assandri, Córdoba, 1961, p. 192).

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