Qué significa reincidencia?

Se dice del hecho de un individuo que, luego de haber sido condenado por un delito o una infracción, cometa otro igual (reincidencia especial) o de distinta naturaleza (reincidencia general).
Hay reincidencia cuando el condenado por sentencia firme comete un nuevo delito, antes de prescribirse el anterior. La reincidencia es considerada circunstancia de mayor peligrosidad, que autoriza a graduar más severamente la pena que corresponde al segundo delito; obsta a la condena condicional, a la libertad condicional y a la excarcelación. Algunas legislaciones tienen en cuenta la fecha de la primera sentencia y otras, la del delito.
(Fuente: GARRONE, José A., Diccionario Jurídico – Tomo IV, Ed. LexisNexis, Buenos Aires, 2005, p. 158).

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