Secuelas el noviembre 28, 2011 Obtener enlace Facebook X Pinterest Correo electrónico Otras aplicaciones Lesiones residuales consecuencia inmediata o alejada de una afección o accidente. Pueden constituir un daño efectivo y permanente indemnizable. (Fuente: GARRONE, José A., Diccionario Jurídico, Tomo IV, Ed. LexisNexis, Buenos Aires, 2005, p. 303). Comentarios
Comentarios