Universalidad jurídica

En Derecho, el conjunto de bienes y deudas que constituyen un todo indivisible, como ocurre con el patrimonio y más aún en caso hereditario en que los sucesores a título universal no pueden aceptar el activo hereditario (derechos) sin las anexas obligaciones (Cabanellas de Torres).
(Fuente: ARGERI, Saúl A. y ARGERI GRAZIANI, Raquel C.E., Diccionario de Ciencias Jurídicas Sociales. Comerciales, Empresariales, Políticas. Mercosur, Tratados Internacionales, Ed. La Ley, Buenos Aires, 1999, p. 713).

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