Diferencia entre privilegio y preferencia

El privilegio -se dice- lo da la ley a ciertas personas, y no es precisamente así; esas personas lo tienen en razón de cada crédito, y no a título personal. Es un derecho singular o particular (no se confunda con el jus singulare). Privilegium, de privus  y lex, legis, o sea, privado¸ o particular, y ley.
El privilegio solamente lo establece la ley, sin necesidad de la voluntad de aquel a quien beneficia. Así el privilegio de inembargabilidad, de hacerse pago antes que otro, etc.
Preferencia, de preferir, de praeferere, es forma bárbara de praefere (dice Monlau), y significa "llevar delante": prae, delante; ferre, llevar. Del supino praelatum ha surgido prelado (correlativo con adelantado, preboste, prefecto); en latín praelatus, prelacía, prelación (praelatio). Tener prelación es poder ir delante de otro. Un derecho tiene prelación cuando siendo des mismo género está delante de otro.
(Fuente: BIELSA, Rafael, Los conceptos jurídicos y su terminología, Ed. Depalma, 3º Ed. Buenos Aires, 1993, p. 183).

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