Asesor de Menores

Funcionario público del ministerio de menores o entidad similar, cuya misión consiste en la defensa de los derechos o intereses de los menores y de las personas afectadas por una incapacidad de hecho.
En cuanto a los actos y contratos en que se interesen las personas o bienes de los menores e incapaces, son nulos o bien anulables, si no hubiese intervenido el ministerio de menores.
Autorizada doctrina sostiene que dichos actos o contratos están afectados de nulidad relativa y que, por lo tanto, sólo los menores e incapaces, o bien quien los represente, pueden alegarla.
(Fuente: GARRONE, José A., Diccionario Jurídico, Tomo I, Ed. LexisNexis, Buenos Aires, 2005, p. 336).

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