Cuál es la definición de "portación de armas"?

La portación – en el caso de arma de guerra -, es un concepto más estricto y restringido que la tenencia; ha sido definida como el hecho de disponer, en un lugar público o de acceso público, de un arma en condiciones de uso inmediato; importa llevar el arma consigo, encima, teniendo posibilidad de esgrimirla de inmediato ante cualquier circunstancia que haga necesaria su utilización. De este modo, para su configuración típica, la doctrina exige 3 elementos: a) el arma debe llevarse en condiciones de uso inmediato, lo que importa que el arma resulte idónea y además que esté cargada. b) la portación debe efectuarse en lugar público o de público acceso. c) desde el punto de vista subjetivo es menester que el individuo tenga conciencia y voluntad de llevar el arma en esas condiciones.
(Fuente: Suprema Corte de Justicia de Mendoza, 26-12-2007, autos nº 90819, Ubicación: LS 385 - Fs. 005)

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