Concepto de Contrato Real

El que sólo se perfecciona mediante la entrega de la cosa que es su objeto, como sucede en los de anticresis, depósito, prenda y préstamo. La especie opuesta la constituye el contrato consensual en sentido estricto, ya que consentimiento ha de haber asimismo en los de índole real.

(Fuente: OSSORIO, M. (2000), Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales, Ed. Eliasta, Ed. 27°, Buenos Aires, p. 240)

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