miércoles, 5 de noviembre de 2008

Cuál es el concepto del derecho de anticresis?

Anticresis significa propiamente el abandono del disfrute de un inmueble por el deudor a su acreedor a fin de asegurar una suma recibida (Duranton).
El código civil argentino (art. 3239) da el concepto de anticresis, caracterizándolo como derecho real de garantía, pues el concedido por un deudor (o un tercero por él) a un acreedor, que se ejerce por la posesión de un inmueble, cuyo contenido justamente permite al acreedor percibir los frutos para imputarlos a la deuda.
(Fuente: Bueres, A. y Highton E. (2004), Código Civil y normas complementarias. Análisis doctrinal y jurisprudencial, Tomo 5C, Ed. Hammurabi, 2º Ed., p. 636)

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