Cuál es el significado de "daño ambiental"?

El daño ambiental se trata de un daño supraindividual que no consiste en la suma de daños individuales, no en un perjuicio de bienes propios y particulares de los individuos, sino en una lesión actual y concreta, sólo desde el punto de vista de la entera colectividad que los sufre. El daño colectivo, el daño difuso, afecta simultánea y coincidentemente al grupo. Cada miembro es titular de un fragmento del interés lesionado, y se trata de un mismo y único daño.
(Fuente: STIGLITZ en MORELLO, Augusto M. y CAFFERATTA, Néstor A., Visión procesal de cuestiones ambientales, Ed. Rubinzal - Culzoni, 1º Ed., Santa Fe, 2004, p. 114).

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