El plazo es una modalidad de los actos jurídicos por la cual se posterga el ejercicio de los derechos a que se refiere. Por extensión se denomina ordinariamente plazo al lapso que media entre la celebración del acto y el acaecimiento de un hecho futuro y necesario, al cual está subordinado el ejercicio o la extinción de un derecho. (...). Lo que caracteriza al plazo es que se trata de un hecho que debe llegar fatalmente, necesariamente. En cambio, en la condición el hecho puede o no llegar a ocurrir. (...). Es suspensivo el plazo que difiere (o suspende) en el tiempo el ejercicio de las facultades que incumben al titular de un derecho. Ejemplo: la obligación de restituir una suma de dinero prestada al cabo de un mes, noventa días, etc.. El plazo es extintivo cuando opera al cabo de cierto tiempo la caducidad (o extinción) de un derecho. (...). Ejemplo: la muerte de la persona en cuya cabeza se ha constituido, extingue el derecho del acreedor a la renta vitalicia sin retroactividad, de modo que son exigibles las rentas ya devengadas por entonces.
(Fuente: LLAMBÍAS, Jorge J., BENEGAS RAFFO, Patricio, SASSOT, Rafael A., Manual de Derecho Civil, Obligaciones, Ed. Perrot, 11º Ed., Buenos Aires, 1997, p. 220).
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