Obrar contra derecho a sabiendas o sin razón justificada para no saberlo. La mala fe, por lo general, no se presume. Lo relativo a la buena o mala fe tiene singular importancia en la posesión de las cosas, para dar carácter y determinar las consecuencias jurídicas de la posesión.
(Fuente: ORGAZ, Arturo, Diccionario de Derecho y Ciencias Sociales, Ed. Assandri, Córdoba, 1961, p. 231).
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