Acción Revocatoria

Cuando una persona insolvente enajena bienes con el fin de sustraerlos a la ejecución de los acreedores, comete un fraude, con lo cual queda configurada la situación cuyo remedio procura la ley mediante la acción pauliana o revocatoria, concedida a los acreedores perjudicados por el fraude.
Se denomina a esta acción, en forma en realidad impropia, revocatoria, en cuanto procura que se deje sin efecto respecto del impugnante el acto del deudor. En realidad no se trata de revocar el acto en sentido estricto, sino de declarar que es inoponible al impugnante.
(Fuente: LLAMBÍAS, Jorge J., BENEGAS RAFFO, Patricio, SASSOT, Rafael A., Manual de Derecho Civil, Obligaciones, Ed. Perrot, 11º Ed., Buenos Aires, 1997, p. 187).

Comentarios

Significado Legal ha dicho que…
Excelente explicacion acerca de la accion revocatoria, gracias!