Enriquecimiento sin causa

Cuando tiene lugar el desplazamiento de un bien o valor del patrimonio de una persona al de otra sin causa jurídica que justifique ese traspaso, se presenta lo que tradicionalmente se ha denominado enriquecimiento sin causa. En tal supuesto la doctrina de los autores ha elaborado, en base a algunas soluciones legales particulares, la teoría del enriquecimiento indebido, que es una construcción jurídica que generaliza el principio latente en aquellas soluciones. Por aplicación de esa teoría quien resulta empobrecido por aquel hecho puede pretender el reintegro de ese empobrecimiento hasta el importe del beneficio que sin título o causa haya experimentado otra persona con motivo del mismo hecho.
Requisitos de la acción de in rem verso.- Para la procedencia de la acción de que se trata es menester la concurrencia de los siguientes requisitos: a) enriquecimiento del demandado; b) empobrecimiento del demandante; c) relación causal entre esos hechos; d) ausencia de causa justificante del enriquecimiento con respecto al empobrecido; e) carencia de otra acción útil para remediar el perjuicio.
(Fuente: LLAMBIAS, Jorge J., RAFFO BENEGAS, Patricio, SASSOT, Rafael A., Manuel de Derecho Civil Obligaciones, Ed. Perrot, 11º Ed., Buenos Aires, 1997, p. 745).

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