Si el equipaje o la carga sufriere averías durante el viaje, el destinatario debe formular su protesta dirigiéndose al transportador, dentro de tres o diez días respectivamente, desde la fecha de entrega (art. 149 párrafo l9 del Cód. Aeron.). La falta de protesta en término impide toda acción contra el transportador, salvo fraude de éste (art. cit. infine).
jueves, 28 de abril de 2011
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