jueves, 19 de mayo de 2011

Casos de mora legal en el Código Civil Argentino

En ciertas situaciones particulares la ley también prescinde del requerimiento del acreedor para la constitución en mora. Es lo que ocurre tratándose: de la promesa de dote a la mujer, en cuyo caso el deudor queda en mora desde el día de la celebración del matrimonio (art. 1242); de la obligación de hacer los aportes a la sociedad, caso en que se incurre en mora desde el día en que debieron efectuarse tales aportes (art. 1721); de la deuda por los saldos de la tutela a cuyo respecto el deudor está en mora desde que son exigibles (art. 466), etcétera.
(Fuente: LLAMBÍAS, Jorge J. BENEGAS RAFFO, Patricio, SASSOT, Rafael A., Manual de Derecho Civil, Obligaciones, Ed. Perrot, 11º Ed., Buenos Aires, 1997, p. 56).

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