Error in facto

Existe error in facto cuando la resolución aparece fundada en un supuesto fáctico falso o incorrectamente interpretado. Esta irregularidad sólo puede invocarse como fundamento de los recursos ordinarios (aclaratoria, reposición y apelación) pero no,como regla, del recurso de casación (esta limitación se ha flexibilizado en el caso de sentencias condenatorias definitivas).
(Fuente: PALACIO, Lino E., Los Recursos en el Proceso Penal, 3º Ed., Abeledo-Perrot, Buenos Aires, 2009, p. 22).

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