sábado, 4 de junio de 2011

Concepto de compensación


La compensación es la neutralización de dos obligaciones recíprocas. Tiene lugar cuando dos personas por derecho propio reúnen la calidad de acreedor y deudor, recíprocamente, cualesquiera sean las causas de una u otra deuda. Ella extingue con fuerza de pago las dos deudas hasta donde alcanza la menor y desde el tiempo en que ambas comenzaron a coexistir (art. 818).
(Fuente: LLAMBÍAS, Jorge J. BENEGAS RAFFO, Patricio, SASSOT, Rafael A., Manual de Derecho Civil, Obligaciones, Ed. Perrot, 11º Ed., Buenos Aires, 1997, p. 486).

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