Argumento ad hominem

Los estudiantes tropiezan frecuentemente con expresiones latinas que conocen o traducen, pero a veces esas expresiones tienen una significación que no es la meramente literal, sino otra de orden lógico, y no sólo eso, sino de lógica judicial (…). Una de estas expresiones merece señalarse al tratar del proceso: es el argumento ad hominem, que es más bien para el hombre o contra el hombre con quien se discute; de ahí que se diga también ad adversarium.
Este argumento se aduce contra ciertas personas respecto de las cuales se alega un hecho, en discusión, en perjuicio de ellas, pero no siempre para establecer la verdad del hecho.
Son muchas las cuestiones y formas de argumentar ad hominem, pero sistemáticamente se la considera como un silogismo en que la premisa mayor es reconocida como verdadera por el interlocutor, aunque pueda ser discutida por un tercero.
(Fuente: BIELSA, Rafael, Los conceptos jurídicos y su terminología, Ed. Depalma, 3º Ed. Buenos Aires, 1993, p. 108).

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