Ley de las XII Tablas

Publicada entre los años 451-450 andes de Nuestro Señor Jesucristo, aún cuando materialmente no ha llegado hasta nosotros, constituyó el monumento jurídico que coordinó en un dispositivo unitario todas las normas vigentes, incluso de origen griego, estableciendo derechos igualitarios entre patricios y plebeyos durante siglos en Roma, e incluso, un par de siglos después, eran motivo de estudio por parte de los niños y de los entendidos comentarios entre los jurisconsultos. Contenían dos clases de normas: 1) de Derecho Público: se rechaza entre ellas la existencia de privilegios de que gozaban los patricios; se reconocía la competencia del pueblo para establecer y derogar leyes, así como para conocer de los delitos de máxima gravedad y el derecho de recurrir en apelación cuando se trataba de ciudadanos romanos. Sobre este particular, materializó el reconocimiento por el legislador de la emancipación del pueblo y sus derechos; y 2) de Derecho Privado: constituyen sus dispositivos la base del sistema del Derecho Romano sobre cuyas bases y fundamento se organizó la estructura jurídica del mundo occidental.
(Fuente: ARGERI, Saúl A. y ARGERI GRAZIANI, Raquel C.E., Diccionario de Ciencias Jurídicas Sociales. Comerciales, Empresariales, Políticas. Mercosur, Tratados Internacionales, Ed. La Ley, Buenos Aires, 1999, p. 430).

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