Es el que se crea por imperio de la ley a favor de determinadas personas y sobre bienes de otras, por razones de familia o parentesco (v. gr. El padre sobre los bienes de los hijos menores; el derecho del cónyuge supérstite, etc.).
(Fuente: GARRONE, José A., Diccionario Jurídico, Tomo IV, Ed. LexisNexis, Buenos Aires, 2005, p. 733).
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