Son aquellas acciones que reúnen todas las demandas de un elevado número de demandantes frente al mismo demandado o demandados, cuando todas las demandas tienen, en esencia, el mismo contenido; ahora bien, la denominación viene de la pertenencia de todos los actores a "un grupo", una misma región, lo que posibilita que algunos miembros de la clase pueden ser indeterminados y, por lo tanto, no estar identificados. Su vigencia se da en el common law, básicamente en los Estados Unidos, el Derecho inglés y en zonas de Canadá.
(Fuente: MOSSET ITURRASPE, Jorge, HUTCHINSON, Tomás y DONNA, Edgardo A.; Daño Ambiental, Tomo I, 2º Ed. ampliada y actualizada, Ed. Rubinzal Culzoni, Santa Fe, 2011, p. 184).
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