Qué significa "iuris et de iure"?

Locución latina. De pleno y absoluto derecho. Jurídicamente constituye una presunción que no admite prueba en contrario, como el conocimiento de la ley, la duración del embarazo de la mujer, el domicilio legal, la presunción de reconciliación conyugal cuando el marido cohabita con la mujer después de haber dejado la habitación común, la legitimidad de los hijos concebidos durante el matrimonio.
Según algunos autores, la prohibición de la prueba en contrario no impide aportar prueba para destruir el fundamento de la presunción, sino atacar el razonamiento o demostrar la inexistencia del hecho presumido, ni impidiéndose justificar que el hecho invocado como antecedente no existe o no es el que específicamente se requiera por la ley (Alsina). Así la presunción iuris et de irue sobre la legitimidad de los hijos nacidos desde la celebración del matrimonio, dentro de los plazos establecidos por la ley, puede ser impugnada probándose que el marido no puedo tener acceso con su mujer en los primeros 120 días de los 300 precedentes al nacimiento.
(Fuente: OSSORIO, M. (2000). Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales, Ed. Heliasta, Ed. 27°, Buenos Aires, p. 538)

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