"Nam qui tacet..."

Enseñaba el Digesto que "Quien calla, no confiesa con su silencio" ("Nam qui tacet non utique fatetur"). Sin embargo, en derecho civil y mercantil, cuando quien debe explicarse o justificarse, guarda silencio, pueden los jueces, atentas las circunstancias de autos, interpretar ese silencio injustificado como tácita confesión. 
(Fuente: ORGAZ, Arturo, Diccionario de Derecho y Ciencias Sociales, Ed. Assandri, Córdoba, 1961, p. 252).

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