Qué significa "erga omnes"?

Contra todos, respecto de todos. Su significado fundamental es el de absoluto, opuesto por consiguiente a relativo. Se aplica para calificar aquellos derechos cuyos efectos se producen con relación a todos.
(Fuente: GARRONE, José A., Diccionario Jurídico, Tomo II, Ed. LexisNexis, 1º Ed., Buenos Aires, 2005, p. 445).


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