"Ley del foro". "Ley del tribunal". Este modismo latino no quiere significar que el foro o el tribunal imponga su propia ley, pues el tribunal no hace leyes, sino que, en la exégesis de mejor acierto, quiere expresar que frente a un conflicto de leyes, sea de índole interno o internacional, el foro, el tribunal, desde luego dentro del límite de su jurisdicción, es decir, dentro de su competencia, habrá de escoger o seleccionar para dirimirlo, la lay que interprete ser la más adecuada, la ley apropiada.
(Fuente: RODRÍGUEZ, Agustín W., GALETTA DE RODRÍGUEZ, Beatriz, Diccionario Latín Jurídico, Locuciones latinas de aplicación jurídica actual, Ed. García Alonso, 1º Ed., Buenos Aires, 2008, p. 138).
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